Legislación
Protección
Hasta 1981 la laguna de Fuente de Piedra fue de titularidad privada, año en que el ICONA realizó su compra. En 1982 se declaró la Laguna de Fuente de Piedra como Refugio Nacional de Caza, en este mismo año, en reconocimiento a sus valores, fue incluida entre los humedales de importancia internacional por el Convenio de Ramsar en 1982. Por la Ley 1/1984 del Parlamento de Andalucía fue declarada Reserva Integral, pasando a denominarse Reserva Natural por la Ley 2/89. En 1988 es declarada Zona de Protección Especial para las Aves (ZEPA).
La RENPA - Red de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía
En Andalucía se encuentra una amplia muestra de ecosistemas, resultado de la evolución natural y de la forma de aprovechar los recursos por parte de los seres humanos que han poblado y pueblan su territorio.
La gran diversidad biológica, geológica y paisajística de Andalucía hacen que se considere a esta región como una de las regiones más ricas y mejor conservadas de Europa. Dicha diversidad, el grado de conservación y la posibilidad de compatibilizar la conservación de la naturaleza con el aprovechamiento ordenado de los recursos naturales y el desarrollo económico, fueron motivos suficientes para que en 1989 se publicara la Ley 2/1989, de 18 de julio, por la que se aprueba el Inventario de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía y se establecen medidas adicionales para su protección.
Hoy en día, conforme a lo dispuesto en el artículo 1 del Decreto 95/2003, de 8 de abril (BOJA núm. 79, de 28/04/2003), la Red de Espacios Naturales Protegidos de Andalucía (RENPA) "se configura como un sistema integrado y unitario de todos los espacios naturales ubicados en el territorio de la Comunidad Autónoma de Andalucía que gocen de un régimen especial de protección en virtud de normativa autonómica, estatal y comunitaria o convenios y normativas internacionales".Además, puede incardinarse, total o parcialmente, en otras redes similares de ámbito territorial superior, ya sean nacionales o internacionales.
En base a dicho concepto, la RENPA está intregrada por 247 espacios que, en conjunto, abarcan una superficie del orden de 2,8 millones de hectáreas, de las que 2,7 millones son terrestres (lo que representa aproximadamente el 30,5% de la superficie de Andalucía) y el resto son marítimas. Es la red más importante en superficie y en número de espacios protegidos de la Unión Europea, encontrándose en ella los ecosistemas más representativos de Andalucía.
Se significa que sobre cada uno de los espacios que integran la RENPA puede recaer más de una de las categorías, figuras o designaciones de protección posibles. Así, por ejemplo, un mismo espacio puede ser, a la vez, Parque Nacional, Parque Natural, Lugar de Importancia Comunitaria (LIC), Zona de Especial Protección para las Aves (ZEPA) y Reserva de la Biosfera.
Los ejes en que se basan las actuaciones en la RENPA son: el aprovechamiento sostenible de los recursos, la mejora del conocimiento científico de sus valores naturales y culturales, el impulso de nuevas iniciativas de desarrollo, la protección y conservación, en sentido estricto, de ecosistemas, comunidades, elementos biológicos o geológicos u otros componentes de muy destacado rango natural, en particular en Parajes y Reservas, y el acercamiento a las poblaciones locales para que valoren los recursos naturales de que disponen mediante la programación de actividades de carácter interpretativo, educativo, participativo, de recreo y disfrute en los equipamientos de uso público.
Considerando la interdependencia de la diversidad natural y cultural con las acciones que se pueden llevar a cabo en los espacios que integran la RENPA, se pretende mantener una mezcla de valores naturales y culturales óptima para la conservación de la biodiversidad e integridad ecológica y cultural del territorio; esto es, se trata de alcanzar un equilibrio óptimo en el binomio desarrollo - conservación que, en definitiva, se ha de traducir en un desarrollo económico solidario, equilibrado y sostenible.
Los objetivos de la RENPA son:
1. La coordinación de los sistemas generales de gestión de los espacios naturales protegidos.
2. La promoción externa de los espacios naturales protegidos de forma homogénea y conjunta.
3. La colaboración en programas estatales e internacionales de conservación de espacios naturales y de la vida silvestre.
4. El intercambio de información con otras redes o sistemas de protección, así como con aquellas organizaciones nacionales o internacionales relacionadas con la protección y conservación de la naturaleza.
5. El fomento de los valores, actitudes y comportamientos de respeto a la naturaleza de los habitantes de los espacios naturales protegidos y, en general, de todos los andaluces.
6. La promoción y desarrollo sostenible de los recursos naturales en función de sus valores y singularidades.
Los nuevos retos en la protección y conservación de los espacios protegidos pasan por crear y mantener sistemas que permitan la conexión ecológica entre los ecosistemas de aquellos y la integración y adaptación de los modelos de gestión a los desafíos que plantea el emergente y complejo cambio global.